El Rector es la primera autoridad ejecutiva y el Representante Legal de la CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DEL HUILA – CORHUILA, quien ejerce de acuerdo con los Estatutos.
Las siguientes son funciones principales del Rector de la Institución:
- Ejercer la representación legal de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA.
- Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarías vigentes.
- Dirigir la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA de acuerdo con sus Estatutos, las determinaciones de la Asamblea General, del Consejo Superior y del Consejo Académico.
- Evaluar y controlar el funcionamiento de la Corporación e informar a la Asamblea General y al Consejo Superior.
- Presentar al Consejo Superior el proyecto de presupuesto anual y sus programas y ejecutarlo una vez el Consejo Superior los haya aprobado.
- Presentar al Consejo Superior en la reunión ordinaria del mes el informe sobre la situación financiera y la ejecución presupuestal.
- Autorizar con su firma los títulos académicos que expida la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA.
- Contratar al personal profesoral y administrativo de la Institución, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos y demás normas internas.
- Expedir los manuales de funciones, requisitos y los procedimientos derivados de estos.
- Producir los actos administrativos y académicos, realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de los objetivos de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA con sujeción a las cuantías que le fije el Consejo Superior.
- Nombrar y remover a los vicerrectores, decanos, los directores de programas académicos, al secretario general y demás personal administrativo y académico de acuerdo con los Estatutos e informar al Consejo Superior.
- Expedir las resoluciones mediante las cuales la Corporación otorga los títulos, autorizar estos con su firma y suscribir la correspondiente acta de grado.
- Delegar las funciones de acuerdo con la necesidad y las dinámicas propias del proceso educativo de acuerdo con los Estatutos e informar al Consejo Superior.
- Presentar rendición de cuentas anualmente a la comunidad educativa.
- Las demás que le señalen las disposiciones vigentes y las que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.