La Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA está dirigida y administrada por los siguientes órganos y autoridades
Los órganos de gobierno en CORHUILA, son las estructuras funcionales encargadas de adoptar las políticas y estrategias necesarias para alcanzar los objetivos superiores de la Institución. La participación activa de diferentes estamentos de la comunidad universitaria en los órganos de gobierno es una fortaleza y permiten ejercer una autonomía responsable, mediante criterios de eficacia, ética y transparencia.
En consecuencia, conforme al Estatuto General CORHUILA, define sus órganos de Gobierno y establece sus funciones así:
Asamblea General: Es el máximo órgano de orientación de la Corporación Universitaria del Huila, compuesta por los miembros fundadores y adherentes, bajo cuya tutela se encuentra la guarda y vigilancia del patrimonio institucional, la elección de los miembros del Consejo Superior y del Revisor Fiscal. Bajo su responsabilidad está la aprobación y modificación del Estatuto General y la salvaguarda del cumplimiento de los principios filosóficos que inspiraron la creación de CORHUILA.
Consejo Superior: El órgano de gobierno y dirección en CORHUILA es el Consejo Superior, definido estatutariamente. El Consejo Superior de CORHUILA, es el órgano encargado de administrar, formular y aprobar las políticas institucionales, definir y adoptar los objetivos estratégicos, el Plan Institucional de Desarrollo, el Proyecto Educativo Institucional y en general las decisiones de mayor trascendencia para la Corporación. También hace parte de su función la designación del Rector.
Dentro de este colegiado tienen participación activa con voz y voto, un representante de los estudiantes elegido de manera directa por estos, un representante de los profesores, el cual también se elige directamente por ellos y un representante de los egresados cuya designación está a cargo del Consejo Superior. Seis (6) miembros más que componen este órgano son elegidos por la Asamblea General de su seno, estableciéndose en el mismo Estatuto General que uno de ellos ejercerá la Presidencia y que en el momento de elegir a los seis miembros del Consejo Superior, la Asamblea General debe tener en cuenta que por lo menos uno de ellos sea representante de la Corporación Cultural José Eustasio Rivera. De acuerdo con la previsión normativa del Estatuto General, el Rector hace parte del Consejo Superior con voz, pero sin voto.
Se reunirá en forma ordinaria una (1) vez al mes, o en forma extraordinaria cuando sea convocado por su Presidente, su Vicepresidente en ausencia del Presidente, por el Rector o tres miembros del Consejo Superior elegidos por la Asamblea General.
En el marco del artículo 38 del Estatuto de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA, ratificado mediante Resolución del Ministerio de Educación Nacional 021393 del 14 de noviembre de 2023, las decisiones del Consejo Superior se tomarán por mayoría de votos y se comunicarán por medio de Acuerdos firmados por quien presidió la sesión y por el Secretario General.
Consejo Académico: El Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Institución y el principal órgano asesor del Rector en temas educativos, científicos y culturales. Está compuesto por el Rector, el Vicerrector Académico, el Director de Planeación, los Decanos, un representante de los docentes y uno de los estudiantes, estos dos últimos elegidos directamente por sus respectivos estamentos, y un Representante de los Egresados designado por el Consejo Académico.
Sus funciones incluyen avalar las políticas para el cumplimiento de las labores formativas, académicas, profesorales, científicas y culturales, en concordancia con la esencia y el propósito superior de la Institución, nivel de formación y modalidad, para su posterior aprobación por el Consejo Superior. Además, es responsable de aprobar los proyectos de investigación y proyección social para cada vigencia, estudiar y proponer la creación, modificación o supresión de programas académicos, los cuales serán presentados al Consejo Superior a través del Rector, y revisar, adoptar y supervisar los planes y programas de estudio conforme a la normatividad vigente. También gestiona la autoevaluación de los resultados en estos aspectos. Sesiona de manera ordinaria una vez al mes y expide acuerdos.
Asamblea General
La Asamblea General de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA está conformada por los miembros fundadores y adherentes o sus representantes debidamente acreditados.
La Asamblea es el máximo órgano de orientación de la Corporación y sus funciones son:
- Elegir seis (6) representantes con seis (6) suplentes numéricos, de entre sus miembros para hacer parte del Consejo Superior, por elección individual con votación secreta.
- Elegir al Revisor Fiscal con su respectivo suplente para un periodo de cuatro (4) años, quien puede ser reelegido.
- Fijar los honorarios del Revisor Fiscal de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA.
- Velar porque la Institución permanezca dentro de los principios filosóficos que inspiraron su creación y cumpla con las disposiciones legales, sus Estatutos y reglamentos.
- Vigilar que el patrimonio, bienes y rentas de la Institución sean administrados e invertidos correctamente, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales y estos Estatutos.
- Admitir los miembros adherentes de acuerdo con lo contemplado en los Estatutos.
- Decidir sobre la aceptación de la renuncia o la pérdida de la calidad de un miembro de la Asamblea, siguiendo el debido proceso.
- Presentar informe de rendición de cuentas a través del Presidente.
- Decretar la disolución y reglamentar la liquidación de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA en caso de que sea necesario conforme a los presentes Estatutos y a la legislación correspondiente.
- Aprobar sus Estatutos, las modificaciones que surjan en el seno de la Asamblea General, así como aquellas que le presente el Consejo Superior.
Actas 2020
Actas 2021
Actas 2022
Actas 2023
Actas 2024
Consejo Superior
De conformidad con el artículo 33 de los Estatutos de la Corporación Universitaria del Huila, CORHUILA, el Consejo Superior es un órgano de gobierno y dirección. Se reunirá en forma ordinaria una (1) vez al mes, o en forma extraordinaria cuando sea convocado por su Presidente, su Vicepresidente en ausencia del Presidente, por el Rector o tres miembros del Consejo Superior elegidos por la Asamblea General. Estará integrado así:
- Seis (6) miembros elegidos por la Asamblea General de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA. De ellos, uno ejercerá como Presidente.
- El Rector de la Institución con voz y sin voto.
- Un representante de los egresados, con su respectivo suplente, designado por el Consejo Superior.
- Un representante de los estudiantes, con su suplente, debidamente matriculados, elegidos mediante votación por su estamento.
- Un representante de los profesores, con su suplente, vinculados a la Institución con dedicación de tiempo completo elegido por su estamento mediante votación.
De los representantes de la Asamblea General elegidos para hacer parte del Consejo Superior los doctores Olga Castañeda Tovar, Jaime Durán Vargas, Jaime Salazar Díaz y Roque González Garzón hacen parte de la Corporación José Eustasio Rivera, dando cumplimiento a lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 33 de los Estatutos, ratificados mediante Resolución N° 021393 de 2023 del Ministerio de Educación Nacional.
Funciones del Consejo Superior
- Expedir su propio Reglamento.
- Expedir y modificar el Reglamento Estudiantil, el Reglamento Profesoral y el de Bienestar Universitario, así como las demás normas que resulten necesarias para el buen funcionamiento de la Institución.
- Formular y evaluar periódicamente las políticas y objetivos de la Institución atendiendo los procesos de planeación universitaria, en concordancia con los planes y programas del Sistema de Educación Superior.
- Dirigir la política académica y administrativa de la Institución y establecer las normas que aseguren su buen manejo.
- Autorizar la contratación, la adquisición, la enajenación y los gravámenes de bienes inmuebles y las inversiones, y fijar las cuantías dentro de las cuales el Rector puede contraer obligaciones y celebrar contratos.
- Aceptar o rechazar auxilios, donaciones, herencias, legados, etc.
- Autorizar las comisiones al exterior del personal administrativo y profesoral y las comisiones de estudio cuando estén previstas en el Plan de Desarrollo.
- Autorizar al Rector para celebrar todos los convenios o contratos con gobiernos o entidades colombianas o extranjeras, bien sean de orden académico o administrativo que por su trascendencia, importancia o cuantía le corresponden o se haya reservado.
- Establecer cuando sea necesario la estructura orgánica de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA, la planta de personal, funciones y sus asignaciones: para tal efecto, crear, suprimir o modificar dependencias y cargos, mediante los procedimientos fijados en los presentes Estatutos o en los Reglamentos.
- Crear, organizar, modificar y suprimir los programas académicos, de investigación de bienestar institucional y de proyección social, previa recomendación del Consejo Académico.
- Presentar a la Asamblea General el proyecto de reforma de Estatutos para su aprobación.
- Considerar y aprobar el valor de los derechos de inscripciones, matriculas, exámenes, cursos, grados y de los servicios de la Institución de acuerdo con las autorizaciones legales, y conceder las exenciones que fueren del caso.
- Elegir los representantes y delegados de la Institución ante los organismos nacionales e internacionales que considere conveniente, a propuesta del Rector con sujeción a los compromisos que van a adquirir.
- Actuar como superior jerárquico de última instancia de acuerdo con el reglamento.
- Evaluar posibles causas para la disolución de la Corporación y emitir concepto a la Asamblea General.
- Aprobar el presupuesto anual de rentas y gastos, verificando que se ajuste a la ley y a los Estatutos.
- Adoptar el Proyecto Educativo Institucional y establecer los sistemas de autoevaluación permanente.
- Delegar en el Rector las funciones que considere convenientes.
- Confirmar la elección de los representantes de los estudiantes y los profesores con respectivos suplentes previo el cumplimiento de los requisitos una vez elegidos mediante votación, de acuerdo con el Reglamento Interno del Consejo y reglamento electoral.
- Designar el Representante de los Egresados con su respectivo suplente ante el Consejo Superior.
- Examinar y aprobar anualmente y cuando fuere necesario los estados financieros de la Institución.
- Interpretar los Estatutos cuando fuera necesario y los acuerdos expedidos por el Consejo Superior.
Actas del Consejo Superior
Consejo Académico
De conformidad con el artículo 42 de los Estatutos de CORHUILA, el Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA y organismo de asesoría en los asuntos educativos, científicos y culturales del Rector. Está integrado por:
- El Rector, quien es su presidente.
- El Vicerrector Académico, quien lo presidirá en ausencia del Rector.
- El Director de Planeación.
- Los Decanos.
- Un Representante de los profesores elegido por los mismos o su respectivo suplente y confirmado por el Consejo Superior.
- Un Representante de los estudiantes elegido por los mismos o su respectivo suplente y confirmado por el Consejo Superior.
- Un Representante de los Egresados designado por el Consejo Académico de ternas presentada por cada Consejos de Facultad.
El Consejo Académico se reunirá ordinariamente una vez por mes, y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Rector. Podrá sesionar con la presencia de la mayoría de sus miembros, siempre que esté presente el Rector o el Vicerrector Académico. Tomará sus decisiones por mayoría de votos y se llevará acta de las sesiones.
Actuará como secretario del Consejo Académico el Secretario General de la Corporación Universitaria del Huila – CORHUILA.
Son funciones del Consejo Académico:
- Avalar las políticas para el cumplimiento de las labores formativas, académicas, profesorales, científicas y culturales, acorde con su esencia y propósito superior, nivel de formación y modalidad para aprobación del Consejo Superior.
- Aprobar los proyectos de investigación y proyección social a ejecutarse en cada vigencia.
- Estudiar y proponer la creación, modificación o supresión de programas académicos para presentar al Consejo Superior, por intermedio del Rector para su aprobación.
- Avalar las solicitudes de actualización y oferta de nuevos programas académicos para ser presentados al Consejo Superior.
- Imponer sanciones disciplinarias a los estudiantes y conocer las apelaciones cuya aplicación le esté reservada por los reglamentos.
- Revisar, adoptar y supervisar los planes y programas de estudio atendiendo a la normatividad vigente.
- Resolver como segunda instancia las solicitudes presentadas por los integrantes de la comunidad académica.
- Aprobar el calendario académico.
- Aprobar su propio reglamento.
- Resolver las consultas que le formule el Rector.
- Las demás que le señalen los reglamentos o el Consejo Superior